Panamá 4 de enero de 2021. El Gobierno Nacional promulgó en Gaceta Oficial, este lunes 4 de enero de 2021, el reglamento de la Ley 93 de 19 de septiembre de 2019, que creó el Régimen de Asociación Público-Privada (APP) para el desarrollo como incentivo a la inversión privada, al desarrollo social y a la creación de empleos.
La Ley APP crea un marco institucional y técnico con entidades coordinadoras y ejecutoras que tendrán la responsabilidad de evaluar iniciativas de proyectos APP. Entre las proyecciones para la primera fase de proyectos se estiman posibles inversiones de más de 1,500 millones de balboas que contribuirán a la reactivación económica, mejorar la calidad de vida de los panameños y a la creación de 10,000 puestos de trabajo directos e indirectos.
Corresponderá a las entidades públicas evaluar y presentar a consideración del Ente Rector APP las iniciativas de proyectos APP, así como administrar su cartera de proyectos aprobados.
A través del mecanismo de APP, sólo podrán realizarse proyectos cuando el análisis del informe técnico requerido por la Ley 93 demuestre los beneficios de los mismos, que deberán estar alineados con el plan estratégico de gobierno, el plan quinquenal de inversiones y los elementos de elegibilidad y aprobación de proyectos de APP definidos en la Ley 93 y su reglamento.
El reglamento de la Ley, con firma de 31 de diciembre de 2020, es producto de un proceso de colaboración interinstitucional del Órgano Ejecutivo y tiene como propósito aclarar los conceptos técnicos desarrollados por la Ley, y servir como guía procedimental para la evaluación, estructuración, licitación y seguimiento de proyectos, cumpliendo así el proceso con eficiencia y responsabilidad fiscal.
También regula los mecanismos y procedimientos para estudiar la factibilidad de los proyectos, desde fases iniciales hasta etapas más avanzadas, abarcando los análisis de impacto económico-social, costo-beneficio, distribución de riesgos, indicadores de servicio, sostenibilidad técnica, financiera, legal, ambiental, entre otros.
Por otro lado, se reglamenta el registro de proyectos APP, que se implementará con el desarrollo de una plataforma tecnológica dinámica que facilitará el seguimiento efectivo de los procesos interinstitucionales, aprobaciones, estudios, convocatoria a licitación, y control de cumplimiento de contratos; promoviendo de manera proactiva su transparencia.
El Gobierno de Panamá contó, además, con la asistencia técnica del Banco Mundial y la colaboración de organismos multilaterales como el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), Banco de Desarrollo de América Latina (CAF) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID); incorporando las mejores prácticas internacionales y lecciones aprendidas de otros países en la región que ya han implementado un sistema APP.
En paralelo a la preparación de las iniciativas de proyectos por parte de las entidades públicas regentes, se desarrollarán los lineamientos del Ente Rector descritos en la Ley y el reglamento, guías y manuales para el desarrollo de proyectos; se impartirán capacitaciones y se publicarán comunicaciones sobre el sistema APP, sus avances, licitaciones y los beneficios para la generación de empleo, desarrollo social e inversión en Panamá.
Tal como mencionó el presidente Laurentino Cortizo Cohen en su discurso a la nación el 2 de enero de 2021, se analizan, en esta primera fase, tres iniciativas de proyectos APP por parte del Ministerio de Obras Públicas. El primero consiste en un Programa de Mantenimiento por Estándar, abarcando 2,000 kilómetros de carreteras y rutas que representan el 80% del transito del país. Se proyecta que en los próximos meses se estará licitando el primer tramo del programa, la carretera de Chepo-Cañita-Agua Fría-Yaviza, con una longitud de 247 kilómetros. Posteriormente, se estarán licitando otros tramos del programa.
El segundo proyecto que se evalúa es la carretera que conecta los distritos de Arraiján y La Chorrera, conocida como «vía costanera»; y por último el Corredor Norte de David.